La Policía Local de Alboraya aborta el intento de okupación de una vivienda que iba a ser 'revendida'

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La Policía Local de Alboraya ha abortado el intento de okupación de una vivienda sita en la calle Tavernes Blanques. Por ese motivo los agentes policiales han iniciado la instrucción de diligencias judiciales por un presunto delito de usurpación de Vivienda.

Policia Local Alboraya sede y cocheSegún han explicado la Policía Local de Alboraya en sus redes sociales, un hombre había accedido a una casa abandonada, después de que un tercero forzara la cerradura, y se la ofreciese por una cantidad económica. Tras la operación policial, los legítimos propietarios ha recuperado la vivienda.

Según fuentes judiciales consultadas por este diario, el delito de usurpación de vivienda se regula en el artículo 245 del Código Penal. Este delito puede consistir en dos conductas distintas: ocupar una cosa inmueble o usurpar un derecho real inmobiliario ajeno, con violencia o intimidación. El que ocupe, sin autorización debida, un inmueble, vivienda o edificio ajenos que no constituyan morada, o se mantuviere en ellos contra la voluntad de su titular, será castigado con la pena de multa de tres a seis meses.

Según las citadas fuentes, una diferencia entre el delito de usurpación y el de ocupación de inmuebles del apartado es que no existe violencia o intimidación en las personas; de ahí que se hable de ocupación pacífica. Así por ejemplo, lo típico es que se okupe una vivienda cambiando la cerradura, como parce que ha sido el caso de la vivienda de Alboraya.



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