El magistrado de la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha desestimado el recurso de apelación formulado por la Agrupación de familiares de las personas cuyos nombres constan entre otros en el panel cerámico de la fachada de la Iglesia de San Antonio Abad de Rafelbunyol.
La sentencia no es firme
El magistrado, además de imponer las costas causadas a la Agrupación de familiares, señala que la sentencia no es firme y cabe recurso de casación ante la Sala 3ª del Tribunal Supremo o ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana para lo que tienen un plazo de 30 días.