El Juzgado Contencioso-Administrativo de Valencia número 7 de Valencia ha dictado una sentencia que tumba el recurso presentado por el circo instalado hace 2 años en Alfafar en contra del decreto de alcaldía del pasado 27 de octubre de 2020 que denegaba la solicitud de implantación de la actividad de espectáculo.
El juez considera que dicha actividad de espectáculo implica el uso de animales, lo que se encuentra “prohibido de forma taxativa por el legislador autonómico y que impide al Ayuntamiento de Alfafar su autorización a riesgo de infracción grave de Ley”.
El juez recuerda la Ley de Acompañamiento a los presupuestos de la Generalitat de 2019 que recoge la prohibición de realizar espectáculos con animales de compañía, hecho que la empresa ha criticado, alegando que los que participaban en los espectáculos se trataban de caballos y dromedarios, entre otros y estos “no son animales domésticos”.